Vamos a desgranar la resolución de 6 de julio de 2022, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se aprueba la revisión del Manual de Reformas de Vehículos. Verlo aquí o descargarlo aquí.
Empezamos con una afectación global para todos los vehículos, vivienda, autocaravanas, campers…. Ya finalizados o que estén en camperización actualmente. Si tienes instalado un toldo, placas solares o porta bicicletas, esto te interesa.
Cualquiera de estos elementos con instalación fija deberán ser legalizados antes del 1 de noviembre del 2024.
3 opciones de legalización por diligencia:
Declaración responsable: deberás rellanar un documento donde te hace responsable de los elementos instalados e indicas que han sido instalados antes del 1 de noviembre del 2022. Firmado yo y listo. (No será aceptado por todas la ITVs, la propia ITV te facilitará dicho documento)
Certificado de taller: realizado por el propio taller de la instalación o bien cualquier taller de automoción. Este certificado probablemente deberás pagarlo.
Factura de compra: deberá ser anterior al 1 de noviembre de 2022
Hay que tener muy presente que si se opta por la declaración responsable hay que legalizar todos los componentes involucrados la primera visitas a la ITV posterior al 1 de noviembre del 2022. Pues solo será válida la declaración responsable esa primera vez.
Esas legalizaciones no serán gratuitas, pues actualmente dependiendo de la ITV piden un precio u otro, pero oscilan entre los 5 y 12€ por elemento.
Otro cambio es el tema de las antenas parabólicas, anteriormente era necesaria su homologación siempre que fuera para uno de antena parabólica, si declarábamos que la antena parabólica era para ver la televisión estábamos exentos de homologación.
Con la nueva normativa, eso ahora es indiferente, una antena parabólica hay que homologarla sí o sí. Independientemente de su uso.
Las antenas de televisión convencional o antena Wifi están, a día de hoy, exentos de homologación.
No terminan aquí los cambios, en el tema eléctrico también hay novedades. Han equiparado la normativa de instalaciones eléctricas de furgones vivienda al de autocaravanas.
Con esta nueva reforma se exige el cumplimiento del reglamento de compatibilidades electromagnéticas R10, es implica que toda la instalación eléctrica debe cumplirlo.
Para cumplir esto y que nos cueste lo menos posible, es recomendable instalar un relé o booster, que conecta la batería auxiliar con el alternador del vehículo, que cumpla R10. Con este simple ajuste, tenemos cubierta toda la instalación con la normativa R10.
El R10 nos indica que son equipos que podrá ir en marcha mientras estás en circulación.
Este cambio solo afecta a usuarios que homologan su vehículo vivienda después del 1 de noviembre, quedan exentos todos los vehículos anteriores a esta fecha.
Pero hay más, ahora será obligatorio un boletín para la tensión de 12V, aunque según el reglamento de baja tensión no es obligatorio realizar boletines para instalaciones de 12V. Una incongruencia que entre gobierno central y Comunidades Autónomas no se ponen de acuerdo y, por lo tanto, es una normativa un poco con pinzas.
Lo que sí parece ser una mentira es la imposibilidad de homologación de asientos traseros, así como de bases giratorias. Eso seguirá como hasta ahora, pues el nuevo manual de reforma no integra nada referente a los asientos.
Parece ser que uno de los 2 laboratorios de homologación, en España, tuvo problemas con el ministerio de industria y durante 2 meses no pudo realizar legalizaciones. Esto acarreo un retraso en este tipo de legalizaciones, pues todas debían pasar por un solo laboratorio y colapsó.
Las empresas, de camperización, que trabajaban exclusivamente con este laboratorio, quedaron sin poder legalizar este tipo de asientos durante estos meses.
Otra duda que ha surgido a raíz de esto, es si hay que homologar los airea acondicionados del habitáculo. La respuesta es NO, a no ser que su instalación no afecte a la estructura del vehículo. Eso significa que no tengamos que cortar o modificar ninguna viga del chasis del vehículo.
Tras la legalización de todos los elementos, si hay que realizar cambios en un futuro por desgaste o avería de alguno de los elementos. Se deberá de homologar, solo si se retiran los anclajes originales a la carrocería. Si el nuevo toldo, placa solar o porta bicicletas se adapta a los anclajes de su antecesor, no será necesaria esta nueva homologación, pues estos ya dispondrán de una legalización previa.
¡Salut i camping!